Retención IRPF autónomo 2026: 15% o 7% (tabla y ejemplos)
Qué es la retención de IRPF en las facturas de autónomo, cuándo aplicar el 15% o el 7%, cómo afecta al Modelo 130 y los errores que más dinero cuestan.
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- Qué es la retención de IRPF en las facturas de autónomo
- Quién está obligado a retener y quién no
- El tipo general: 15% de retención
- El tipo reducido: 7% para nuevos autónomos
- Tabla de tipos de retención de IRPF en 2026
- Cómo afecta la retención al Modelo 130
- Exención del Modelo 130: la regla del 70% de retenciones
- Retenciones y la declaración de la Renta anual
- Errores frecuentes con las retenciones
- Retención en facturas internacionales
- Cómo saber si estás aplicando bien las retenciones
- Calcula tu Modelo 130 con retenciones en AutonomiaPro
- Preguntas frecuentes sobre la retención de IRPF
Qué es la retención de IRPF en las facturas de autónomo
Cuando un autónomo con actividad profesional emite una factura a una empresa o a otro autónomo, debe incluir una retención de IRPF. Esa retención es un anticipo del impuesto sobre la renta que el cliente ingresa directamente a Hacienda en nombre del autónomo. Si buscas la mejor herramienta para gestionar tu fiscalidad como autónomo, consulta nuestra comparativa AutonomiaPro vs Declarando 2026.
Es decir: si facturas 1.000€ con un 15% de retención, tu cliente te paga 850€ y los otros 150€ los ingresa él directamente a Hacienda. Tú no los ves, pero están pagando tu IRPF por anticipado.
La retención no es un descuento ni un gasto. Es un mecanismo de recaudación anticipada que después descontarás en tu Modelo 130 trimestral y en tu declaración de la Renta anual.
Quién está obligado a retener y quién no
La retención en facturas de autónomos no es obligatoria en todos los casos. Depende de tu actividad (si es profesional, te retienen; si es empresarial, como un comercio o un bar, en general no) y de quién te paga:
Obligatorio retener cuando, siendo tu actividad profesional, facturas a:- Empresas (sociedades limitadas, anónimas, etc.)
- Otros autónomos en el ejercicio de su actividad
- Entidades públicas
- Particulares (personas físicas que no actúan como empresarios)
- Clientes extranjeros fuera de España
Si el 70% o más de tus ingresos anuales provienen de clientes que te retienen, puedes quedar exento de presentar el Modelo 130. Es la excepción más habitual entre autónomos que trabajan exclusivamente para empresas.
El tipo general: 15% de retención
El tipo general de retención del IRPF para autónomos en 2026 es el 15%. Se aplica a la base imponible de la factura (sin IVA).
Ejemplo:- Servicio prestado: 1.000€ (base)
- IVA 21%: 210€
- Retención IRPF 15%: −150€
- Total a cobrar: 1.060€
El desglose en la factura debe mostrar claramente la base imponible, el IVA, la retención y el total a cobrar. Si no desglosas la retención en la factura, tu cliente no puede aplicarla correctamente en su contabilidad.
El tipo reducido: 7% para nuevos autónomos
Los profesionales que empiezan una actividad pueden aplicar el 7% de retención en lugar del 15% durante el año de inicio y los dos siguientes (tres años en total).
Esta reducción tiene una lógica fiscal: en los primeros años, los ingresos suelen ser más bajos y el tipo efectivo de IRPF también. El 7% se ajusta mejor a la realidad fiscal de un autónomo que empieza.
Condiciones para aplicar el 7%:- Que tu actividad sea profesional (consultoría, diseño, abogacía, salud...). En general, las actividades empresariales, como un comercio o un bar, no llevan retención en sus facturas.
- No haber ejercido ninguna actividad profesional durante el año anterior al inicio.
- Comunicárselo por escrito a tu cliente (el pagador). Si no se lo comunicas, te retendrá el 15%.
- Indicar el 7% en la factura.
El período de aplicación es: el año natural en que te das de alta más los dos años siguientes. Si te diste de alta en marzo de 2024, puedes aplicar el 7% durante 2024, 2025 y 2026.
Cómo comunicar el 7% a tu cliente
No hay un modelo oficial para solicitarlo: basta con comunicárselo por escrito al pagador (un correo o una cláusula en el presupuesto) y reflejar el 7% en la factura. Mientras no se lo comuniques, tu cliente te aplicará el 15% por defecto, y regularizarlo después es engorroso. Hazlo desde la primera factura.
Qué pasa cuando terminan los tres años
Pasado el año de alta y los dos siguientes, vuelves automáticamente al tipo general del 15%. No tienes que avisar a Hacienda, pero sí actualizar tus facturas y avisar a tus clientes para que apliquen el nuevo tipo. Seguir con el 7% fuera de plazo es uno de los errores que Hacienda detecta al cruzar el modelo 190.
Tabla de tipos de retención de IRPF en 2026
No todos los autónomos aplican el mismo porcentaje. El tipo depende de tu actividad y de cuánto tiempo llevas dado de alta:
La mayoría de autónomos de servicios profesionales se mueven entre el 15% y el 7%. Los tipos del 1% y el 2% afectan a actividades concretas (módulos, agrario, forestal). Las actividades empresariales (un comercio, un bar, un taller) no llevan retención en sus facturas.
Cómo afecta la retención al Modelo 130
Evita estos errores con AutonomiaPro
El sistema detecta y alerta antes de que los cometas.
Calcular ahora →Las retenciones que acumulas en tus facturas emitidas se descuentan directamente del cálculo del Modelo 130. Cuantas más retenciones acumulas, menos pagas en el trimestral — o directamente no pagas nada.
La fórmula del Modelo 130 es:
(Ingresos acumulados − Gastos acumulados − Cuota SS acumulada − 5% de gastos de difícil justificación) × 20% − Retenciones acumuladas − Pagos anteriores = Cuota a ingresarEl 5% de gastos de difícil justificación es una deducción automática para quienes están en estimación directa simplificada: se calcula sobre el rendimiento neto positivo, con un máximo de 2.000 € al año.
Ejemplo práctico — autónomo con retenciones altas:- Ingresos acumulados T2 (enero-junio): 24.000€
- Gastos acumulados: 6.000€
- Cuota SS acumulada: 2.000€
- Rendimiento antes del 5%: 24.000€ − 6.000€ − 2.000€ = 16.000€
- 5% de gastos de difícil justificación: −800€
- Base imponible: 15.200€ × 20% = 3.040€
- Retenciones acumuladas (15% sobre 24.000€): 3.600€
- Cuota M130: 0€ (las retenciones superan el cálculo)
En este caso, el exceso de retenciones (560€) no se devuelve trimestralmente — se ajusta en la declaración de la Renta anual.
Para entender el cálculo completo del Modelo 130 paso a paso, consulta nuestra guía del Modelo 130 en 2026.
Exención del Modelo 130: la regla del 70% de retenciones
Si la mayor parte de tu facturación ya lleva retención, Hacienda te permite dejar de presentar el Modelo 130. Esta exención es para la actividad profesional (no para la empresarial). La regla exacta es esta:
- A partir del segundo año de actividad: se mira el año natural anterior. Si al menos el 70% de tus ingresos profesionales llevaron retención (o ingreso a cuenta), este año quedas exento de presentar el M130 los cuatro trimestres, factures lo que factures.
- En el primer año de actividad: no hay año anterior que mirar, así que se mide sobre los ingresos del trimestre al que se refiere el pago (es el criterio de las instrucciones del Modelo 130 de la AEAT). Si en un trimestre los ingresos con retención no llegan al 70%, ese trimestre sí tienes que presentar el 130.
La exención no es automática. Para dejar de estar obligado tienes que presentar una declaración censal (modelo 036 o 037) marcando la baja en la obligación de pagos fraccionados del IRPF. Lo ideal es presentarla en enero si vas a aplicar la regla todo el año. Si simplemente dejas de presentar el 130 sin tramitar la baja, la AEAT envía un requerimiento con sanción.
Si al año siguiente tu porcentaje de ingresos con retención baja del 70%, tienes que volver a darte de alta en la obligación y presentar de nuevo el Modelo 130.
¿Quieres ver cuánto pagas en tu comunidad? Consulta guías de cuota por región, como la de autónomos en Madrid 2026 o la cuota de autónomos 2026.
Retenciones y la declaración de la Renta anual
Todo lo que has pagado vía retenciones durante el año se descuenta en tu declaración de la Renta. Si entre retenciones y pagos del Modelo 130 has pagado más de lo que te corresponde según los tramos de IRPF, Hacienda te devuelve la diferencia.
Es habitual que autónomos con retenciones altas (trabajando exclusivamente para empresas con 15%) tengan la Renta a devolver o muy próxima a cero.
Si quieres anticiparte al resultado de tu Renta antes de julio, la proyección de IRPF anual de AutonomiaPro (disponible en Plan Pro) te muestra el resultado estimado en tiempo real basándose en tus datos trimestrales.
Errores frecuentes con las retenciones
1. No incluir la retención en la factura cuando es obligatoria. Si tu actividad es profesional y facturas a una empresa sin retención, el pagador incumple su obligación de retener y el dato no cuadra con lo que declara en su modelo 190. Genera discrepancias que pueden derivar en requerimientos, para el pagador y para ti. 2. Aplicar el 7% sin cumplir los requisitos. El tipo reducido solo aplica el año de inicio y los dos siguientes, y solo si no ejerciste actividad profesional el año anterior. Aplicarlo fuera de ese período es un error que Hacienda detecta. 3. Calcular la retención sobre el total con IVA. La retención se aplica siempre sobre la base imponible, nunca sobre el total de la factura. Si aplicas el 15% sobre 1.210€ en vez de sobre 1.000€, el importe es incorrecto. 4. Olvidar acumular las retenciones en el Modelo 130. El cálculo del M130 es acumulado anual. Las retenciones también deben acumularse desde enero, no solo las del trimestre en curso. 5. Creer que con retenciones no hay que presentar el Modelo 130. Solo quedas exento si el 70% o más de tus ingresos tienen retención. Si tienes clientes sin retención (particulares, extranjeros), sigues obligado a presentar el 130 aunque sea con resultado 0€.Para ver cómo encajan las retenciones con el IVA trimestral, consulta nuestra guía del IVA autónomo y Modelo 303.
Retención en facturas internacionales
Si facturas a clientes fuera de España, la retención de IRPF no aplica. Las facturas a clientes extranjeros (UE o fuera de la UE) no llevan retención española.
En el caso de clientes de la UE con número de IVA intracomunitario, la operación va exenta de IVA español (inversión del sujeto pasivo) y sin retención. Estas operaciones deben declararse en el Modelo 349.
Para operaciones con clientes fuera de la UE, tampoco hay retención ni IVA español. Son exportaciones de servicios.
Cómo saber si estás aplicando bien las retenciones
La forma más sencilla de verificarlo es revisar el modelo 190 que presentan tus clientes empresa a final de año. El modelo 190 es el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta — tus clientes declaran ahí cuánto te han retenido. Si el total que ellos declaran no cuadra con lo que tú has aplicado en tus facturas, hay un error.
También puedes verificarlo en tus datos fiscales de la sede electrónica de la AEAT, donde aparecen las retenciones que terceros han declarado a tu nombre.
Para calcular cuánto pagas en total entre IRPF, IVA y Seguridad Social, consulta nuestro artículo sobre cuánto paga realmente un autónomo en 2026. Y si quieres saber qué gastos puedes deducir para reducir tu base imponible, revisa la guía de gastos deducibles del autónomo 2026.
Calcula tu Modelo 130 con retenciones en AutonomiaPro
AutonomiaPro incluye el toggle de retenciones en la calculadora — seleccionas si facturas a empresas con retención del 15% o del 7%, y el motor descuenta automáticamente las retenciones acumuladas del cálculo trimestral.
Crea tu cuenta gratis y guarda tu cálculo para el próximo trimestre. 15 CCAA de régimen común AEAT (País Vasco y Navarra, próximamente).
Para ver cómo afecta la cuota SS a tu base imponible, consulta nuestra guía de la cuota de autónomos 2026.
Preguntas frecuentes sobre la retención de IRPF
¿Qué porcentaje de retención aplica un autónomo en 2026?
El tipo general es el 15%. Los profesionales que empiezan, durante el año de inicio y los dos siguientes, pueden aplicar el 7% si lo comunican a su cliente. La retención se aplica siempre sobre la base imponible de la factura, sin incluir el IVA.
¿Todos los autónomos tienen que aplicar retención en sus facturas?
No. Si tu actividad es profesional, la retención es obligatoria cuando facturas a empresas, otros autónomos o entidades públicas. Si tu actividad es empresarial (un comercio, un bar), en general no se retiene. Tampoco aplica cuando se factura a particulares ni a clientes extranjeros.
¿Si tengo retenciones tengo que presentar el Modelo 130?
Depende. Si el 70% o más de tus ingresos anuales provienen de pagadores que te retienen, puedes estar exento. Si tienes clientes sin retención, debes presentar el M130 aunque salga a 0€.
¿Las retenciones se descuentan en el Modelo 130 o en la Renta?
En ambos. Las retenciones acumuladas se descuentan trimestre a trimestre en el Modelo 130. Y al hacer la declaración de la Renta anual, el total de retenciones del año se descuenta del IRPF definitivo.
¿Cómo pongo la retención en una factura?
La factura debe desglosar: base imponible, tipo y cuota de IVA, tipo y cuota de retención IRPF, y total a cobrar. El total a cobrar es base + IVA − retención. Muchos programas de facturación lo calculan automáticamente.
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Información elaborada con normativa AEAT 2026. Los cálculos son orientativos. Para obligaciones con impacto económico significativo, consulta con un asesor fiscal colegiado. AutonomiaPro cubre el régimen común AEAT — País Vasco y Navarra: Fase 2.
"El cálculo acumulado del M130 me hacía pagar 640€ de más cada año."
Miguel O. · Diseñador UX · Alicante
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